Siempre escuché, desde niña, que las madres tienen prioridad en la custodia de los hijos, pero al crecer, la vida se encargó de mostrarme que esa creencia es un espejismo construido sobre un periodo de tiempo ridículamente corto en comparación con la historia. Durante siglos, la custodia no fue un derecho materno ni algo que pudiera negociarse: los hijos eran propiedad del padre y, como tal, su destino dependía de él. Esto no era una excepción ni una peculiaridad de ciertas culturas; era la norma en prácticamente todo el mundo.
En la Antigua Roma, por ejemplo, el padre tenía un poder absoluto sobre su familia, un concepto llamado patria potestas, que no solo le permitía tomar decisiones sobre la educación o el futuro de sus hijos, sino que también le daba la autoridad de venderlos, castigarlos o incluso deshacerse de ellos si lo consideraba necesario. La madre, por más que los criara y los amara, no tenía derechos legales sobre ellos. En caso de divorcio, los hijos se quedaban con el padre y la madre simplemente desaparecía de la ecuación.
A lo largo de la Edad Media, con el cristianismo dominando las leyes familiares, la situación no mejoró. El matrimonio se convirtió en un vínculo sagrado e indisoluble, lo que significaba que el divorcio prácticamente dejó de existir. Cuando, por circunstancias extremas, una pareja se separaba, la custodia de los hijos recaía sin discusión en el padre o en su familia. No importaba si la madre era la principal cuidadora, si los había parido o si eran pequeños y necesitaban su protección. La lógica era simple: el hombre tenía la responsabilidad económica, el linaje y el apellido, por lo tanto, tenía derecho a quedarse con los hijos.
Algo similar ocurría en la China imperial, donde las mujeres podían ser repudiadas por su marido por razones que hoy nos parecerían surrealistas, como no haber dado a luz un hijo varón o ser demasiado celosas. Cuando esto pasaba, la mujer debía abandonar la casa y dejar atrás a sus hijos, porque la custodia pertenecía exclusivamente al padre o a sus parientes. Incluso en las clases populares, donde la economía familiar dependía del esfuerzo conjunto, la ley seguía favoreciendo al hombre.
En el mundo islámico medieval, el sistema era un poco diferente, pero no mucho más favorable para las madres. Durante los primeros años de vida, ellas se quedaban con la custodia de los hijos porque se reconocía que eran quienes mejor podían criarlos en la infancia. Sin embargo, ese derecho tenía fecha de caducidad: cuando los niños llegaban a determinada edad, pasaban automáticamente a la tutela del padre o de su familia. La madre podía seguir viéndolos, pero ya no tenía control sobre su destino.
A lo largo de la historia, el único resquicio de luz para las mujeres en términos de custodia se encontró en algunas sociedades africanas precoloniales, donde la descendencia se trazaba a través de la línea materna. En comunidades como la de los Ashanti en África Occidental, los hijos pertenecían al clan de la madre, y en caso de separación no había debate: los niños se quedaban con ella. Pero este tipo de estructuras matrilineales fueron la excepción, y con la llegada del colonialismo europeo, fueron rápidamente desmanteladas para imponer el modelo patriarcal europeo, donde la custodia volvía a recaer en el padre.
El gran punto de inflexión no llegó hasta el siglo XIX, con la Revolución Industrial. Fue entonces cuando, por primera vez, algunos países comenzaron a considerar la idea de que los niños pequeños deberían quedarse con sus madres tras un divorcio. La primera ley que reconoció esto fue la Custody of Infants Act de 1839 en Reino Unido, que permitió a las madres obtener la custodia de sus hijos menores de siete años. Siete años. Ni siquiera la custodia completa, sino un derecho limitado que apenas se aplicaba en casos excepcionales.
Si ponemos esto en perspectiva, significa que las madres han tenido prioridad en la custodia durante aproximadamente 185 años, lo que es una fracción minúscula en comparación con los siglos de dominio absoluto de los padres. Y aún hoy, esa supuesta ventaja materna es más un espejismo que una realidad. Las leyes de custodia compartida, que en teoría buscan la igualdad, muchas veces funcionan como una herramienta para debilitar la conexión entre la madre y sus hijos, repitiendo un patrón que se ha mantenido durante siglos.
La historia de la custodia infantil no es solo una historia de leyes, sino una historia de poder. Los hijos siempre han sido un instrumento de control sobre las mujeres, y aunque las palabras en los códigos legales han cambiado, la esencia del sistema sigue siendo la misma. La justicia familiar moderna no es un mundo nuevo y equitativo, sino un reflejo de la misma desigualdad histórica con un nuevo envoltorio. Y si algo nos enseña la historia es que los cambios superficiales no significan justicia real.
Con el tiempo, esta doctrina fue reemplazada por la doctrina del pretendido bien superior del menor, que empezó a utilizarse a mediados del siglo XX y que, en teoría, pretendía garantizar que las decisiones sobre custodia se tomaran en función del bienestar del niño y no de los derechos de los padres. Sin embargo, en la práctica, esta doctrina abrió la puerta a una manipulación legal y psicológica, donde la subjetividad de los jueces y la intervención de los llamados "expertos" comenzó a jugar un papel decisivo en los juzgados de familia. Fue en este contexto que los psicólogos entraron en escena, imponiendo su presencia en los procesos judiciales con evaluaciones que no solo carecen de objetividad científica, sino que han servido para justificar decisiones profundamente dañinas para madres e hijos.
La incorporación de la psicología en los juzgados de familia ha sido una de las herramientas más perversas en la legitimación de la violencia institucional contra las madres. Bajo la excusa del "interés superior del menor", se ha convertido en una práctica común separar a los niños de sus madres con argumentos pseudocientíficos, diagnósticos arbitrarios y evaluaciones subjetivas que responden más a prejuicios que a evidencias. Las opiniones de los psicólogos forenses han terminado por suplantar la realidad de los hechos, permitiendo que se despoje a las madres de la custodia bajo acusaciones infundadas de alienación parental, inestabilidad emocional o cualquier otro término que encaje en la narrativa que se necesita para justificar decisiones previamente tomadas.
Lo que se presentó como un intento de proteger a los niños en sus primeros años de vida ha terminado en un mecanismo de deshumanización, donde las madres ya no son vistas como el pilar fundamental en la vida de sus hijos, sino como un obstáculo que puede ser removido si el diagnóstico psicológico de turno lo permite. Así, la doctrina del pretendido bien superior del menor no ha sido más que una herramienta de control, que ha servido para borrar el derecho natural y biológico de los hijos a ser criados por sus madres y de someter a madres e hijos a un sistema judicial que, bajo la apariencia de equidad, perpetúa la misma desigualdad histórica de siempre.